La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado el listado de tratamientos de datos personales en los que es obligatoria la realización de una evaluación de impacto. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece en su artículo 35.1 que las organizaciones que tratan datos tienen obligación de realizar una Evaluación de Impacto relativa a la Protección de Datos (EIPD) con anterioridad a la puesta en funcionamiento de dichos tratamientos cuando sea probable que, en función de su naturaleza, alcance, contexto o fines, entrañen un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas.
Ver Artículo Original
Uso de signos figurativos que evocan el territorio de una denominación registrada
Ver Artículo Original
10 pasos básicos para un eficiente registro horario de la jornada laboral
Ver Artículo Original
Condena al Sergas a pagar 15.000 euros a un médico por sobrecarga laboral
Ver Artículo Original
Reyes Maroto: "España está llamada a ser un líder mundial en el sector de los videojuegos"
Ver Artículo Original
Reyes Maroto: «España está llamada a ser un líder mundial en el sector de los videojuegos»
Ver Artículo Original
Traspaso de un Plan Universal de la Mutualidad de la Abogacía a un plan de pensiones
Ver Artículo Original
Jornada de actualización para DPOs
Ver Artículo Original
Listado de la AEPD de tratamientos donde es obligatorio realizar evaluación de impacto
Ver Artículo Original
Seis tendencias que marcarán el sector Fintech en los próximos años
Ver Artículo Original
Auren integra al bufete Baró Armengol en la oficina de Barcelona
Ver Artículo Original