Un juez anula una multa de radar fijo por tener solo una foto y no dos distintas como obliga la ley

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Córdoba ha anulado una multa interpuesta a través de un radar fijo por contener la misma solo una foto y no dos distintas como obliga la normativa sobre el momento en el que se capta al vehículo infractor, de manera que ha estimado «íntegramente» el recurso del conductor y condena a la Dirección General de Tráfico (DGT) a pagar las costas, con una cifra máxima de hasta 250 euros.

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