Un banco no tendrá que devolver las cantidades anticipadas de una vivienda que no se entregó a tiempo

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la AP de Burgos que acordó estimar el recurso de apelación interpuesto por el demandante -particular comprador de una vivienda- y, en consecuencia, revocar la sentencia de primera instancia estimatoria parcial de la demanda.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *