Prueba de la convivencia anterior antes de cumplirse un año de matrimonio

A efectos de reconocer la pensión de viudedad, el Tribunal Supremo establece que para acreditar la convivencia anterior al matrimonio, cuando el causante fallece por enfermedad común antes de transcurrir un año y sin que haya hijos comunes, no es necesario el certificado de empadronamiento, pudiendo acreditarse por cualquier medio admitido en Derecho.

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