Protección de la privacidad corporativa y prevención penal

La privacidad corporativa debe entenderse como una protección al derecho a la intimidad o al carácter reservado de la información por parte de la persona jurídica hacia dentro y desde dentro hacia fuera.  En un ámbito jurídico penal es necesario perfilar la distinción entre los términos privacidad e intimidad. Por Ana Parés y Juan E.Tordesillas, abogados de ECIJA

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