Padecer esquizofrenia paranoide no impide obtener la nacionalidad española

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que para valorar si se cumple el requisito de tener buena conducta cívica, necesario para adquirir la nacionalidad española por residencia, deben valorarse todas las conductas del solicitante, tanto las que le sean favorables como las que le sean adversas, incluidas por tanto las derivadas de brotes esporádicos de esa enfermedad mental que puedan producirse.

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