Pacto privado entre ex cónyuges de pago de pensión no compensatoria: ¿es válido el acuerdo de extinción por las causas del art. 101 CC (contraer nuevo matrimonio o vivir maritalmente con otra persona)?

Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *