No se puede utilizar un vídeo grabado por un empleado para sancionar a otro

La normativa de protección de datos no se aplica solo a los sistemas de videovigilancia instalados por la empresa sino también a cualquier sistema similar que tenga por finalidad el control laboral. Por ello, la AEPD impone una multa de 12.000 euros a una empresa que utilizó las imágenes captadas mediante el teléfono móvil de un empleado para sancionar disciplinariamente a otro.

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