No es atenuante el consentimiento de la víctima de violencia de género en cuyo favor se fija una prohibición de acercamiento

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha señalado en una sentencia que el consentimiento de la persona en cuyo favor se fija como condena una prohibición de acercamiento no es idóneo para sustentar una atenuante analógica. El TS desestima el recurso de un hombre condenado por quebrantar la prohibición de acercamiento a su pareja que tenía impuesta por haberla amenazado de manera continuada con anterioridad.

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