Las sentencias firmes sobre cláusulas suelo dictadas antes de la decisión del TJUE no podrán ser revisadas

El Tribunal Supremo rechaza revisar las sentencias dictadas antes del 21 de diciembre de 2016, fecha del fallo del TJUE que establece la retroactividad total de las cláusulas suelo, en aplicación del principio de cosa juzgada.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *