Las empresas no podrán despedir por fuerza mayor ni por causas objetivas a partir de hoy

Las empresas no podrán despedir por causa de fuerza mayor ni por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción que se deriven de la crisis sanitaria a partir de este sábado, 28 de marzo, y mientras esté vigente el estado de alarma en España, incluidas sus posibles prórrogas, según consta en el Real Decreto-ley de medidas complementarias en el ámbito laboral para paliar los efectos del Covid-19 publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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