La Sala Segunda del Supremo fija criterio en los casos de agresiones recíprocas hombre-mujer que sean pareja o expareja

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha adoptado en Pleno que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad

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