La pensión compensatoria se extingue desde el momento en que se interpone la demanda

El Tribunal Supremo da la razón al hombre que solicitó la extinción de la pensión compensatoria a su cónyuge por haber iniciado una nueva relación sentimental. El TS entiende además que el fin de esta medida se debe producir desde el momento de interposición de la demanda.

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