La AP de Sevilla avala el desalojo de una vivienda de un banco porque hacer obras «no equivale» a renta

La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia previa que condena a un hombre y a una mujer a desalojar una vivienda propiedad de una filial de una entidad bancaria que habitaban «desde hace tiempo» en San Juan de Aznalfarache, considerando probado que ocupaban el inmueble «sin título y sin pagar renta o cantidad alguna por ello», toda vez que acometer obras de reforma en la vivienda «no equivale al pago de renta».

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *