Hacienda no puede dictar providencia de apremio sin resolver antes el recurso de reposición contra la liquidación

La Sala III del Tribunal Supremo ha resuelto en una sentencia que la Administración, cuando pende ante ella un recurso o impugnación administrativa, no puede dictar providencia de apremio sin resolver antes ese recurso de forma expresa. En el supuesto analizado, el contribuyente había interpuesto un recurso de reposición potestativo contra una liquidación tributaria sin que, correlativamente, solicitara con su interposición la suspensión de la ejecución de la deuda mientras se resolvía dicho recurso.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *