¿Es aconsejable acordar un régimen de visitas paterno-filial al uso cuando el progenitor no custodio se opone o es remiso a ello?

Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *