El TS dictamina que los policías municipales no pueden ejercer en situación de interinidad

La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que señala que «no resulta ajustado a derecho» el nombramiento de agentes de la Policía Local en régimen de interinidad, tras la modificación del artículo 92.3 de la Ley de Bases de Régimen Local (LBRL) por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre.

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