El derecho al olvido no ampara a un personaje público que comete un delito fiscal

El Supremo inadmite el recurso pro ‘derecho al olvido’ de un asesor fiscal incluido en la ‘lista Falciani’ y ratifica la sentencia de la AP Barcelona que consideró que este caso no está amparado por el derecho al olvido ya que la condición de “personaje público” justifica la publicación en Google de su pasado delictivo.

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