El Tribunal Supremo ha resuelto que "no ha lugar a la admisión" de un recurso de casación interpuesto por un varón, contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que le condena a dos años y medio de cárcel, junto con otro coacusado al que impone dos años, por un delito de estafa cometido sobre una viuda y su hijo, de quienes ambos inculpados consiguieron que invirtieran 180.000 euros en préstamos con garantía inmobiliaria, cuantía que usaron "en beneficio propio" y no en provecho de las citadas dos personas.
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Condena de cárcel por estafar a una viuda y su hijo con inversiones inviables
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