La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado suspender cautelarmente la entrada en vigor el 1 de mayo de 2021 del artículo 23.1b) del Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, que prohíbe difundir publicidad de los operadores de juego en servicios de la sociedad de la información, salvo, entre otros supuestos, cuando se realice en páginas web o aplicaciones cuya actividad principal sea la información de acontecimientos deportivos, siempre y cuando cuenten con mecanismos para evitar el acceso de menores de edad y difundan, de manera periódica, mensajes sobre juego seguro.
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