Viajero sin billete: Existe contrato de transporte

El TJUE, resolviendo cuestión prejudicial, entiende que si la empresa ferroviaria deja el libre acceso al tren y un viajero sube con el fin de realizar un trayecto, existe una relación contractual, sin que la posesión de un billete por parte del viajero sea un elemento indispensable para poder considerar que existe un «contrato de transporte», al considerarlo sólo el instrumento que materializa dicho contrato.

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