Se reconoce como trabajado el periodo en el que una interina fue llamada durante descanso por maternidad

La sección primera de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG ha decretado que el Sergas reconozca como tiempo trabajado a efectos administrativos el periodo de tiempo durante el cual fue llamada para trabajar una mujer de baja por maternidad que estaba incluida en las listas temporales de la categoría de ATS/DUE.

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