Contrato de vitalicio y compraventa

El TS establece que en un contrato de compraventa de inmueble con reserva de usufructo celebrado entre padres e hijos en que subyace un contrato de vitalicio, por el cual el precio obtenido por la venta debía destinarse a atender las necesidades de los padres vendedores, existe aleatoriedad por la indeterminación tanto sobre el momento de extinción del contrato como sobre la cuantía de los alimentos. El contrato de vitalicio se diferencia del de renta vitalicia, teniendo por objeto proporcionar vivienda, manutención y asistencia de todo tipo a una persona durante su vida y pudiendo pactar las partes las prestaciones libremente.

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