El Tribunal Supremo absuelve al exmilitar que insultó a Miguel Ángel Blanco en Facebook

La Sala de lo Penal le absuelve de un delito de enaltecimiento del terrorismo en la modalidad de humillación a las víctimas del artículo 578 CP, pues sostiene que los comentarios no tienen relevancia penal. No obstante, abre la puerta a la vía civil y señala que deberían ser los prestadores del servicio quienes evitaran dichas expresiones.

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