Fijado un plazo de 48 horas para que la sindicatura electoral de Cataluña informe sobre las medidas adoptadas

El Pleno del Constitucional acordó requerir a las personas designadas como miembros de la sindicatura de Cataluña que, de acuerdo con lo previsto en el art. 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, le informen sobre las medidas que han adoptado para dar cumplimiento a la suspensión cautelar que se acordó en relación con la Resolución 807/XI del Parlamento de Cataluña.

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