La restricción de vuelos no estará supeditada a la justicia sino a la administración

El Tribunal Supremo decreta que se deben realizar mediciones del ruido de los vuelos operados en el aeropuerto de Adolfo Suárez Madrid Barajas en el interior de las viviendas de la urbanización de Santo Domingo, de Algete, para establecer la ejecución de la sentencia de 2008, pero confirma que la introducción de restricciones operativas relacionadas con el ruido debe ser acordada por la administración y no por un órgano judicial.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *