Amortización de inmuebles arrendados adquiridos por herencia o donación

En el caso de inmuebles adquiridos a título gratuito, la amortización se practica sobre el valor del bien determinado según las normas del ISD, esto es, el consignado en la escritura de donación o de adquisición de la herencia o el comprobado por la Administración, junto con los gastos y tributos satisfechos para su adquisición.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *