Telefónica no puede cobrar por un servicio gratuito sin el consentimiento del consumidor

El TS declara nula la cláusula introducida en los contratos de Telefónica informando a los clientes que finaliza la promoción de gratuidad del servicio de identificación de llamadas, al no quedar constancia del consentimiento expreso de los consumidores afectados.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *