El TS dice que basta una ley ordinaria para limitar derechos pero sería «deseable» una específica para la pandemia

El Tribunal Supremo establece que la limitación de derechos fundamentales no ha de hacerse «necesariamente» por ley orgánica -basta incluso una ley autonómica-, si bien añade que hubiera sido «deseable» poder acudir «a una regulación especifica para afrontar la pandemia que detallase cuantos extremos fueran susceptibles de precisión para ofrecer la máxima seguridad jurídica».

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