¿Puede prohibirse la actividad de Uber si el proyecto de ley que la tipifica como delito no ha sido comunicado a la Comisión europea?

El TJUE acaba de dictar una sentencia que permite a los Estados miembros prohibir y sancionar penalmente el ejercicio ilegal de la actividad de transporte de Uber sin notificar previamente a la Comisión el proyecto de ley que tipifica como delito dicho ejercicio.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *