Ausencia de programa de cumplimiento normativo y autopuesta en peligro empresarial

El TS considera que existió un abuso de la confianza ,sin que la inexistencia de un control interno por medio de un programa de cumplimiento normativo -compliance-, que facilitó las conductas del ahora recurrente, justifique o anule su ilicitud, no siendo aplicable la tesis de la «autopuesta en peligro» empresarial.

Ver Artículo Original

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *